El Gobierno oficializó hoy el nuevo esquema de exportación de carne vacuna para el presente año. Fue mediante el Decreto 911/2021 que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández, el Jefe de Gabinete de ministros, Juan Manzur, y del ministro de Agricultura, Julián Domínguez, quien además publicó dos resoluciones al respecto. Todo esto sucede luego que en el último día del 2021 finalizara la vigencia de las restricciones a la exportación que desde mayo del mencionado año instrumentó el Gobierno, con el objetivo de bajar el precio de la carne al consumidor.
En el artículo 1º del Decreto, se suspende hasta el 31 de diciembre del 2023 la exportación definitiva y/o suspensiva, con destino al exterior del país, de los siguientes cortes bovinos frescos, enfriados o congelados: Reses Enteras, Medias Reses, Cuarto Delantero Con Hueso, Cuarto Trasero Con Hueso, Medias reses incompletas con Hueso y Cuartos delanteros incompletos con Hueso.
Por otro lado, se prohíbe la exportación hasta fin del 2023 de los siete cortes parrilleros que tienen una alta demanda en el mercado interno, que son frescos, enfriados o congelados. Ellos son: Asado con o sin hueso, Falda, Matambre, Tapa de asado, Nalga, Paleta y Vacío.
En los considerandos de la medida, se señaló que “es necesario construir una política pública para la cadena de la carne con el objeto de aumentar la producción, la existencia ganadera y el peso promedio de faena, generando previsibilidad al productor, e incrementar asimismo los volúmenes exportables. Además, que las medidas que se disponen contribuyen a generar un equilibro entre el mercado argentino y la exportación de productos cárnicos”.
En mayo del año pasado el Gobierno comenzó a restringir las exportaciones de carne vacuna con el objetivo de hacer bajar el precio de la carne al consumidor, algo que hasta el momento no se consiguió. En noviembre pasado, el precio en los mostradores de las carnicerías de Capital Federal y Gran Buenos Aires, aumentó más de un 10%, según los datos del Instituto de Promoción de la Carne Vacuna Argentina (IPCVA).
Otra decisión que contempla el Decreto, es la facultad que se otorga al ministerio de Agricultura a dictar las normas complementarias que resulten necesarias para la instrumentación de la medida. Asimismo, el referido Ministerio queda facultado para establecer excepciones debidamente fundadas a las pautas establecidas en el artículo referido a la prohibición de exportar los cortes parrilleros.
Además, la medida contempla que se encuentran excluidas de las limitaciones establecidas en el artículo 2° de la presente medida, las exportaciones con destino al Área Aduanera Especial, creada por la Ley N° 19.640 y/o las realizadas desde