En cinco días hábiles, conforme el plazo de ley, el juez Fabio Monti, el día 1 de agosto, a partir de las 12, dará a conocer el fallo final por el incendio en Legislatura.
martes, 11 de julio de 2023 - 5:56La fiscal general de Rawson, Florencia Gómez, ratificó el pedido de cinco años de prisión de cumplimiento efectivo para Matías Schierloh, un profesor de escuelas secundarias de Rawson y delegado de la ATECH por haber avivado el fuego que destruyó parte de la Legislatura del Chubut durante una manifestación en septiembre del año 2019 poniendo en riesgo además la salud de policías que intentaban evitar los daños.
El juez Fabio Monti se tomará los cinco días legales para resolver.
Fue durante la llamada “cesura de pena” en el marco del juicio oral y público que se lleva adelante en Rawson, que se encuentra ya en su epílogo. El querellante en representación del Estado, Martín Castro, adhirió a la postura de los representantes del ministerio Público Fiscal. A la vez, el abogado defensor del imputado, Javier Romero, pidió que se le aplique el mínimo de la pena por el delito que se le enrostra, tres años de prisión en suspenso.
La fiscal general Gómez, acompañada por el procurador de fiscalía Leonardo Cheuquemán, pidió al juez Fabio Monti que al momento de resolver la condena que le cabrá a Schierloh, se “aleje del mínimo de la pena”. Fundamentó su postura en la responsabilidad gremial del imputado (delegado escolar al momento de los incidentes), el nivel de formación universitaria que posee que lo hace “consciente de sus actos y consecuencias”, los “daños causados y el peligro generado”, sus experiencias en otras manifestaciones destacando además que “tiene más agravantes que atenuantes” para que el magistrado adhiera a los postulados de la acusación. Reconoció que como único “atenuante”, Schierloh tiene a su favor la falta de antecedentes penales.
“Activa” conducta
Para la fiscal general Gómez, “la conducta de Schierloh en el hecho delictivo fue sumamente activa, colaborando en avivar y mantener el incendio y, consecuentemente, la situación de peligro. Como delegado gremial entre los convocados, fue fundamental para que el incendio y la situación de peligro se generara, siendo uno de los coautores y posiblemente el de mayor ascendencia sobre los presentes. Asimismo, pudo autodeterminarse para poder frenar o calmar la situación. Lamentablemente, utilizó su poder entre los presentes para lo contrario, ya que como quedó acreditado en debate, tuvo una participación activa en avivar el fuego, dado que arrojó personalmente al menos una cubierta al fuego. Al respecto, no hace falta que se haya acreditado que haya dado órdenes a los presentes, puesto que su sola acción como delegado sindical genera necesariamente que los demás lo sigan, cuestión que él sabía con toda claridad”.
Agregó que el imputado “tomó la decisión consciente y reflexiva de trasladar cubiertas, siendo elementos altamente inflamables, con gran poder de combustión, a una zona de inminente conflicto, a sabiendas, en este punto, de los eventuales resultados que ello podría acarrear. Entiéndase que estamos sindicando a una persona que es autoridad gremial, y en su carácter de Delegado sindical ha participado en manifestaciones y marchas, acompañadas por la quema de neumáticos y otros elementos, contando con experiencia cierta sobre las consecuencias de generar un incendio como el que generaron en la Legislatura. Asimismo, sabía que su conducta de generar un incendio, sería seguida por los demás manifestantes que alimentaban el mismo.
Riesgo para las personas
Para la representante de la acusación “estamos ante una persona que las circunstancias, así como su nivel educacional, le permitía claramente representarse que estaba cometiendo un delito, que estaba realizando algo prohibido y estaba generando un peligro concreto para la vida de otras personas. Se acreditó que actuó con dolo. Con el más ligero cambio, o por arte de la simple casualidad, podría haber resultado en consecuencias fatales para un gran número de personas, esto considerando no solo el efecto del fuego sobre el cuerpo humano o el edificio, sino las severas consecuencias que los químicos desprendidos por el material en combustión, pudieron ocasionar en quienes se encontraban en las cercanías del edificio.
Es particularmente importante considerar que en este caso la conducta del imputado generó un riesgo cierto en la vida de otras personas, pudiendo haberse generado una tragedia con vidas humanas, para todo el personal policial y los propios manifestantes”.
“El hecho que este incendio haya generado una posibilidad cierta de generar una tragedia con la muerte de alguna persona, y que los coautores lo supieran al momento que avivaban el fuego, mientras observaban que en el interior de la legislatura había personal policial apostado –impidiendo el ingreso de los manifestantes- y asimismo continuaron con su accionar, inevitablemente, debe generar un apartamiento del mínimo de la pena dado que es una agravante que no puede dejar de considerarse. Reiteramos que fue una posibilidad real y cierta, y que el fuego que conscientemente generaron no era controlable”.
Agregó que “jamás el imputado ni los demás manifestantes tuvieron en control del mismo, porque se limitaron a generar un fuego descontrolado e indomable, para generar el mayor daño posible, sabiendo que no iba a ser manejable, porque tampoco les importaba que sea controlable.
En consecuencia, no resultaría razonable la imposición del mínimo, ya que la situación de peligro no fue precisamente “mínima”, lo que resultó evidente por los daños generados y acreditados en el debate.
Nivel educativo y sociocultural
Destacó que “además de la importancia para fijar la pena, del riesgo cierto que generaron en la vida de los presentes, debe tenerse especialmente en cuenta el nivel sociocultural y la educación del señor Matías Schierloh, siendo que cuenta con título universitario. No es una persona vulnerable, ni que por falta de educación o conocimiento pueda no entender las consecuencias de su actuar, sino que, por el contrario, no solo es una persona con educación universitaria, sino que específicamente ha sido una autoridad del gremio docente ATECH, durante años, lo que le otorga un amplio margen de autodeterminación”.
Referente y figura pública
“Sabe perfectamente cómo funcionan los reclamos sociales y gremiales, sabe a la perfección los límites en toda protesta y sabe con total claridad que si el no mantiene la calma y actúa con racionalidad, quienes lo siguen y lo consideran un referente tampoco lo harán.
Como figura pública y representante de una organización sindical de tal entidad, pesa sobre Matías Schierloh una responsabilidad y exigencia acordes a su cargo y rol. Él más que nadie en esa manifestación donde se generaron los hechos delictivos, sabía lo que estaba haciendo, y tenía recursos y posibilidades de evitar o no realizar esa conducta. Es lógico que en consecuencia, al momento de fijarse la pena, no se lo juzgue con la misma vara que podría juzgarse a una persona sin experiencia gremial o sin educación mínima. Todo esto, necesariamente, debe considerarse a la hora de fijar la pena y esto genera que deba agravarse la pena y apartarse cada vez más del mínimo legal punible”.
“Este Ministerio Público Fiscal, entiende justa, adecuada y proporcional la pena de 5 años de prisión de efectivo cumplimiento, siendo que el delito de incendio por el cual se lo ha declarado culpable tiene un mínimo de 3 años y un máximo de 10 años”, concluyó.
Fuente: Área Comunicación Institucional del MPF, Rawson.