Esquel: La jueza Révori habilitó la investigación penal por abuso en Abogacía

El decreto de apertura de investigación habla de las circunstancias abuso coactivo intimidatorio en uso de una situación de poder.

viernes, 23 de septiembre de 2022 - 9:20

La jueza Fernanda Révori rechazó los planteos de la defensa y declaró abierta la investigación penal preparatoria. Los hechos investigados habrían ocurrido en 2021, cuando finalizaba el primer cuatrimestre. Oportunidad en la cual el imputado, intentó mantener trato sexual con una alumna de primer año, quién por entonces tenía 18 años. La imputación sostiene que para procurarlo, aprovechó la relación de poder existente por su posición en la universidad, ejerciendo un abuso coactivo en ese contexto, consistiendo su accionar en acercamientos vía la red social Instragram y por Whatsapp.

Se llevó a cabo este viernes la continuidad de la audiencia de formalización de la investigación. En la audiencia anterior la defensa pidió el sobreseimiento del imputado por no constituir delito las conductas que se le imputan o el archivo de las actuaciones por falta de elementos. La jueza dio un plazo a la fiscal María Bottini para que profundice en el detalle del contenido de los mensajes enviados por el imputado. La presentación se realizó por escrito, fue atacada de insuficiente por la defensa y en esta audiencia, la juez indicó que más allá de los aspectos formales del escrito que ya dijo en la audiencia anterior que están cumplidos, por el planteo de la defensa debe analizar si, con los elementos existentes se puede iniciar una investigación por el delito que imputa la Fiscalía.

Tuvo en cuenta que los delitos contra la integridad sexual protegen el derecho de cada persona de ejercer la sexualidad conforme a sus propias convicciones, el derecho a negarse a determinadas prácticas sexuales y el derecho a no involucrarse sexualmente con determinada persona. Añadió siguiendo una línea de interpretación de ciertos autores, que el acto de contenido sexual es un elemento valorativo del tipo penal que depende de criterios culturales y sociales en una determinada comunidad en un determinado momento, en un determinado contexto, una conducta puede ser penalmente irrelevante, y sin embargo en otro contexto, cultura o comunidad esa misma conducta puede ser constitutiva de delito.

Tampoco la literalidad del tipo penal requiere que haya contacto corporal o cercanía física, ni requiere inmediación. Hay nuevos modos de cometer los delitos que ya estaban tipificados en el Código Penal desde hace años. Siguió la magistrada explicando que cuando hay violencia, intimidación o amenazas ya se considera que hay comienzo de ejecución del abuso.

El decreto de apertura de investigación habla de las circunstancias abuso coactivo intimidatorio en uso de una situación de poder. El contexto descripto en el hecho da cuenta, a criterio del Ministerio Público Fiscal, del contenido sexual de los mensajes.

“Entiendo que no corresponde desestimar a priori la presentación que ha hecho la fiscalía”, dijo Révori. “Tampoco me corresponde, por lo menos en este momento, ponderar el valor de la evidencia que la Fiscalía dice tener y que en definitiva es lo que ha fundamentado la apertura de la investigación”.

La magistrada concluyó en que dictar el sobreseimiento en esta instancia inicial resultaría precipitado, un desacierto. “Una decisión de esta magnitud dejaría a una presunta víctima que ha denunciado un hecho, sin poder gozar del derecho a la tutela judicial efectiva”, aclaró que esto es independiente de la conclusión a la que arriben los acusadores cuando concluya la investigación, respecto de si tienen elementos para llevarla a juicio.

Los hechos

La denuncia da cuenta de las propuestas realizadas por el imputado a la joven, rechazadas sistemáticamente por ella. “Propuestas de claro contenido sexual que afectaron el área de privacidad y de la libre determinación sexual… intimidándola, no concretándose el acto por razones ajenas a la voluntad del imputado, quien claramente se aprovechaba de su rol, generando este abuso coactivo por la relación de poder dada”, dice Bottini.

La imputación sostiene que el acto no se concretó por la negativa de la joven, quien pese a su miedo e incertidumbre sobre como continuaría su vida académica luego de eso, no accedió a tales propuestas. “Pidió ayuda a una profesora y envió un correo electrónico a la universidad contando tal situación, más no recibió respuesta alguna”.

La fiscal destacó que el contexto era claramente asimétrico por el lugar de poder ocupado por el imputado, la diferencia de edad, y su condición de varón, de lo cual se aprovechó para tomar ventaja en este acercamiento de contenido sexual, lo cual coacciona e intimida a la víctima.

Los elementos recabados en las entrevistas realizadas por el equipo de Bottini dan cuenta de que este tipo de situaciones se daban desde años antes, teniendo por destinatarias a varias alumnas de la institución. “Con la misma metodología del abuso coactivo de la relación de poder, realizaba actos tendientes a mantener trato sexual con distintas alumnas, más ello era ocultado por quienes formaban parte de la comunidad educativa, debido al poder que el ejercía y a su condición de varón, existiendo un claro pacto patriarcal para protegerlo, del que formaban parte no sólo hombres sino también mujeres, dejando desprotegidas a las víctimas”.

Fuente: Comunicación Institucional del MPF Esquel

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