La Ley XV N° 30 establece que el organismo electoral es el encargado de depurar los padrones y confeccionar las listas de potenciales jurados en toda la provincia mediante un sorteo en conjunto con Lotería del Chubut.
domingo, 18 de septiembre de 2022 - 12:13El Tribunal Electoral Provincial define los últimos detalles del proceso de sorteo y conformación de listas de potenciales jurados, tarea que por ley debe concretarse antes del día 15 de octubre de cada año y en la cual interviene de manera obligatoria la Lotería del Chubut.
La Dra. Adriana Villani, secretaria del Tribunal Electoral Provincial, informó que ya se encuentran “terminando con la depuración de los padrones y tenemos previsto hacer el sorteo la primera semana de octubre, ultima de septiembre”. En cuanto a la mecánica del sorteo, indicó que es posible que se realice por circunscripción, de acuerdo a las posibilidades técnicas que tiene Lotería del Chubut para armar el sorteo.
En ese sentido, indicó que es importante señalar que “la ley lo que le encomienda al Tribunal Electoral es la tarea de depuración de padrones, y luego el sorteo conjuntamente con Lotería de la provincia para confeccionar las listas de jurados que después se les proporcionan a las oficinas judiciales del poder judicial, para que desde ahí puedan extraer los jurados que van a actuar en los juicios que así sean solicitados”.
Reiteró que de acuerdo a la ley que establece la implementación el juicio por jurados y juicio por vocales legos en Chubut, el sorteo para conformar los listados debe ser hecho “antes del 15 de octubre, porque todos los años tenemos que depurar padrón debido a que las restricciones para ser jurados son siempre las mismas pero se va modificando el padrón”.
Villani explicó a modo de ejemplo que “no puede ser jurados las ciudadanas o ciudadanos que sean abogadas o abogados; de modo tal que todos los años ese padrón puede ir modificándose porque se van graduando o se van colegiando” nuevos profesionales del derecho. Algo parecido ocurre con quienes ingresan a la formación policial o militar, ya que la ley indica que no pueden ser jurados quienes “integran la fuerza de seguridad, de manera que si una persona entra hoy como fuerza de seguridad va a entrar recién el año que viene, todos los años hacer la misma tarea y todos los años hay que tenerlo antes del 15 de octubre”.