El Gobierno presentó el proyecto de ley de hidrógeno: cuáles son los puntos centrales

El Ejecutivo presentó la iniciativa que propone un nuevo régimen de promoción e inversiones en el sector, que era algo reclamado por la empresa que había anunciado un proyecto en Río Negro.

viernes, 2 de junio de 2023 - 7:32

Después de varios meses de haberse anunciado, incluyendo un lugar en el temario de sesiones extraordinarias del verano, el gobierno nacional envió al Congreso el proyecto de ley de promoción del hidrógeno de bajas emisiones de carbono y otros gases de efecto invernadero, bajo los objetivos del desarrollo productivo y comercial.

Además, la iniciativa -que establece un régimen por 30 años- se enmarca en el camino hacia las energías renovables, en línea con los compromisos y acuerdos internacionales asumidos por Argentina para contribuir en la transición energética.

Según publico IProfesional, a la expectativa de la Secretaría de Energía y el interés de provincias productoras, especialmente Río Negro, la cercanía con la campaña electoral de cara a las PASO nacionales hace difícil pensar en que el texto tendrá un rápido tratamiento en la Cámara de Diputados, por donde ingresó y fue girado a las comisiones de Energía y Combustibles y de Presupuesto y Hacienda. La primera, cabecera del proyecto, no se reúne desde el 31 de mayo de 2022, hace un año.

En los fundamentos del proyecto, el PEN señaló que “el hidrógeno bajo en emisiones se presenta como un caso emblemático por su potencial como vector de energías limpias y como insumo para procesos industriales, en particular por su capacidad de penetración en procesos y sectores difíciles de descarbonizar. Por otro lado, representa una oportunidad para la República Argentina dada la calidad de sus recursos naturales y sus capacidades industriales y tecnológicas para generar energías limpias con costos competitivos”.

Tres tipos de hidrógeno 

En la iniciativa se definen tres tipos de hidrógeno: el verde y el rosa, que corresponden a su producción a partir de electrólisis de agua de fuente de energía renovable y nuclear, respectivamente; y el azul, a partir del reformado de gas natural incluyendo una etapa de captura de carbono. Por ser el más sostenible, el verde cuenta en la ley con incentivos fiscales mayores a los previstos para la producción de hidrógeno azul. Asimismo, se aclara que el proyecto no otorga beneficio alguno para el hidrógeno gris, obtenido a partir de combustibles fósiles, mayormente gas natural.

En la publicación que hace IProfesional, se eñala que entre los beneficios, que se incluyen para los titulares de proyectos de inversión que se acojan al régimen, figuran la amortización acelerada en el impuesto a las Ganancias; la acreditación y/o devolución anticipada del Impuesto al Valor Agregado (IVA); la extensión del plazo para computar los quebrantos; la deducción de la Carga Financiera del Pasivo Financiero; y el pago a cuenta en el impuesto a las Ganancias por un importe equivalente al 10% del monto del componente nacional que fuera incorporado de forma excedente a los mínimos establecidos.

También se prevén exenciones por importación de bienes (solo por 10 años) en el caso de “la importación de mercaderías nuevas, sin uso, previa acreditación por parte de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo del Ministerio de Economía al beneficiario de que no existe producción nacional de aquellas, o bien cuando existe, de que no se cuenta con la cantidad suficiente para satisfacer la demanda o dichos bienes no poseen las características mínimas requeridas”.

El proyecto promueve la “estabilidad fiscal por 30 años” y el acceso al Mercado Libre de Cambios, a partir de que los beneficiarios que cuenten con su Declaración de Inclusión gozarán de un monto de libre aplicación de hasta el 50% de las divisas obtenidas en las exportaciones vinculadas al proyecto de producción, para poder ser destinadas al pago de capital e intereses de pasivos comerciales y/o financieros con el exterior.

En cuanto a los derechos de exportación, se establecen alícuotas porcentuales máximas, medidas en términos del valor FOB por tonelada, que varían en función del tipo de hidrógeno y el momento en que se efectúan. La alícuota del 0% se aplicará a las exportaciones realizadas durante los primeros 10 años de vigencia de la ley y para el tipo de hidrógeno verde o rosa, y sus vectores asociados.

Finalmente, el texto estipula que “los proveedores de la cadena de valor del hidrógeno de bajas emisiones, incluyendo proveedores de equipamiento y sus piezas y partes, gozarán de la exención de aranceles respecto a la importación de bienes de capital, líneas de producción, partes y/o piezas -nuevas en todos los casos-, destinadas a aumentar la oferta nacional y a la integración nacional de conjuntos y subconjuntos de la cadena de valor del hidrógeno de bajas emisiones, en la medida que sean destinados a los proyectos promovidos en el marco del régimen promocional de la ley”.

Fuente: IProfesional

El proyecto enviado por el Poder Ejecutivo Nacional a la Cámara de Diputados de la Nación:

ley de hidrogeno

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