A través de la Comunicación “A” 7469, la entidad exceptuó a la importación de combustibles de los nuevos topes vigentes para acceder al mercado de cambios.
viernes, 11 de marzo de 2022 - 5:49El Banco Central exceptuó a la importación de combustibles de los requisitos que estableció la semana pasada para acceder al mercado de cambios. La resolución se tomó a través de la Comunicación “A” 7469, publicada el jueves, luego del reclamo que habían hecho las compañías petroleras, que consideraron que no debía tomarse como tope lo importado el año pasado más un 5% para habilitar el acceso a las divisas en el mercado oficial de cambios, dado que los precios de los combustibles son en la actualidad sustancialmente mayores que los de 2021, con cotizaciones del petróleo que llegaron a dispararse a USD 140 el barril esta semana.
La discusión se originó por la Comunicación “A” 7466 que emitió el BCRA el jueves 3, a través de la cual se incorporó al Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI), que evalúa cada operación importadora, asignando a cada pedido para acceder a los dólares destinados a pagar importaciones la categoría A o B.
El Central dispuso el acceso al mercado de cambios para las SIMI categoría A por el equivalente al menor de dos montos: el valor FOB de sus importaciones de 2021 más un 5% o el valor FOB de sus importaciones de 2020 más un 70%. A su vez, para los nuevos importadores, el límite se fijó en 50.000 dólares.
Si se superan esos montos, se le asigna la categoría B y el excedente debe ser financiado como mínimo a un plazo de 180 días corridos a contar desde el registro del ingreso aduanero de los bienes a la Argentina.
En el caso de las petroleras, debido al fuerte incremento de los precios internacionales, éstas exceden el límite establecido en el valor FOB de sus importaciones de 2021 más un 5%, lo que las obligababuscar financiamiento por la diferencia a un plazo mínimo de 180 días o bien utilizar los dólares propios en cartera.
Según publicó EconoJournal, algunas refinadoras, que ya estaban importando combustibles a pérdida, se veían obligadas desde marzo a utilizar sus propios dólares para pagar esas importaciones o conseguir a alguien que los financie durante 180 días, una dificultad extra en momentos en que inicia la cosecha gruesa y con ella, la demanda de gasoil.
La respuesta del BCRA fue entonces una flexibilización del cepo para las posiciones arancelarias de los aceites de petróleo o mineral bituminoso, sus preparaciones y sus residuos (subcapítulos 2709, 2710 y 2713 del Nomenclador Común del Mercosur), los gases de petróleo y demás hidrocarburos gaseosos (subcapítulo 2711 del NCM), tal como estableció la Comunicación “A” 7469.